Federación de Enseñanza de CCOO de Extremadura | 8 mayo 2024.

EL PODER DE CAMBIR LA COSAS
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    El acceso de personas con discapacidad a las oposiciones al Cuerpo de Maestros es discriminatorio

      NOTA DE PRENSA

      27/04/2022.
      Nota de Prensa

      Nota de Prensa

      La Federación de Enseñanza de CCOO de Extremadura ha interpuesto un recurso contencioso-administrativo contra la convocatoria de oposición publicada el pasado mes de febrero, al considerar que el cambio de redacción introducido en el apartado de requisitos de acceso de las personas con discapacidad no se ajusta a la legislación y es discriminatorio.

      Este cambio de redacción respecto a convocatorias anteriores supone que el certificado que acredita la condición de discapacidad debe tener carácter definitivo, cuando la mayoría de los emitidos por los órganos competentes tienen carácter provisional revisable cada dos años, y además, incluso si la certificación es definitiva, puede ser prorrogada, modificada o cancelada en futuras revisiones.

      Comisiones Obreras ya se opuso a este cambio en la mesa sectorial en la que se negoció la convocatoria de este año por considerarla discriminatoria. La consecuencia de este cambio de criterio ha sido la exclusión de la lista de personas admitidas de muchas personas aspirantes con discapacidad igual o superior al 33% reconocida.

      Desde la Federación de Enseñanza de CCOO-Extremadura consideramos que la Administración está haciendo una mala interpretación del Decreto 111/2017, de 18 de julio, que regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el que en ningún punto se especifica que la discapacidad tenga que ser de por vida, sino que las personas aspirantes deben superar los procesos selectivos y acreditar su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes. Es decir, la condición debe mantenerse durante todo el proceso y en el momento del nombramiento como funcionario de carrera. En nuestra opinión la Administración está confundiendo incapacidad temporal con discapacidad.

      Además, este cambio produce un perjuicio adicional a las personas afectadas, puesto que, al no poder participar por la reserva de discapacidad, tampoco podrán tener este reconocimiento en las listas de espera de personal interino en caso de no obtener plaza en la oposición. En muchos casos, este reconocimiento ya lo tenían de convocatorias anteriores habiendo aportado en su momento un certificado de discapacidad similar, la consecuencia sería no tener opción de reserva de vacante en la adjudicación de destino para este colectivo, como les correspondería.

      Desde CCOO hemos solicitado en repetidas ocasiones la rectificación de esta nueva redacción, que supone un claro cambio de criterio discriminatorio a todas luces, sin que la Consejería haya escuchado nuestra propuesta, manteniéndose una postura a nuestro juicio injusta e injustificada.

      Solicitamos que se publique una corrección de la convocatoria sobre este punto, antes de publicar las listas definitivas de personas admitidas en el proceso, para evitar el incumplimiento de los principios de igualdad de oportunidades, no discriminación, accesibilidad universal y compensación de desventajas en los que debe sustentarse el acceso a la función pública.