Federación de Enseñanza de CCOO de Extremadura | 27 abril 2024.

EL PODER DE CAMBIR LA COSAS
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    CCOO y UGT reivindicamos los planes de igualdad como un instrumento clave para la igualdad y la justicia social

      29/01/2024.
      Igualdad

      Igualdad

      Desde la Comisiones Obreras y la Unión General de Trabajadores y Trabajadoras manifestamos nuestro rechazo absoluto y oposición a la “Proposición de Ley Orgánica para la protección de los derechos constitucionales de los trabajadores”, presentada por parte del Grupo Parlamentario Vox.24 de enero de 2024

      Entre las medidas contempladas en la proposición de Ley Orgánica se contemplan, entre otras, la eliminación de los planes de igualdad y la derogación de su obligatoriedad y regulación establecidas tanto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, como en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.

      La L.O. 3/2007 parte de la necesidad de evitar que la desigualdad se perpetúe y de hacer efectivo el derecho a la igualdad reconocido en la Constitución Española de 1978. Mediante la aprobación de esta Ley se incorpora al ordenamiento español dos directivas europeas en materia de igualdad de trato, la Directiva 2002/73/CE, de reforma de la Directiva 76/207/CEE, relativa a la aplicación del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en lo que se refiere al acceso al empleo, a la formación y a la promoción profesionales, y a las condiciones de trabajo; y la Directiva 2004/113/CE sobre la aplicación del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en el acceso a bienes y servicios y su suministro.

      El ámbito de las relaciones laborales resulta decisivo para alcanzar la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación. Esta igualdad es un derecho básico de las personas trabajadoras. En ese sentido, la L.O. 3/2007 pretende promover la adopción de medidas concretas en favor de la igualdad en las empresas, situándolas en el marco de la negociación colectiva, para que sean las partes, libre y responsablemente, las que acuerden su contenido.

      Tal y como recoge la constitución en el artículo 9: “Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social”.

      La figura de los planes de igualdad y su obligatoriedad para empresas de cincuenta o más personas trabajadoras se configura como el instrumento idóneo para la detección de situaciones de desigualdad fáctica no corregibles por la sola formulación del principio de igualdad jurídica o formal. Este diagnóstico facilita, en el seno de las empresas y mediante la negociación colectiva, establecer medidas específicas con el objetivo de corregir y eliminar dichas desigualdades.

      Los planes de igualdad constituyen además una herramienta sindical clave para luchar contra la precarización de las relaciones laborales y el empobrecimiento de las mujeres favoreciendo, de este modo, el reparto justo de la riqueza en nuestra sociedad.

      Por tanto, desde CCOO y UGT consideramos un lamentable error plantear la eliminación de los planes de igualdad, suponiendo un serio retroceso en el avance democrático y en la garantía de derechos para las personas trabajadoras.