Federación de Enseñanza de CCOO de Extremadura | 28 marzo 2024.

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    CCOO Informa: Aclaraciones sobre la jubilación anticipada del personal docente

      Aclaramos ciertas dudas que nos han trasladado desde los centros educativos, preocupados por un posible cambio en la jubilación anticipada de los empleados públicos.

      14/02/2017.
      CCOO Informa: Aclaraciones sobre la jubilación anticipada del personal docente

      CCOO Informa: Aclaraciones sobre la jubilación anticipada del personal docente

      > Descarga este CCOO Informa.

      > Descarga el Acuerdo Social y Económico para el crecimiento, el empleo y la garantía de las pensiones (2011)



      1. Las pensiones del régimen de Clases Pasivas en 2017.-
      Cada año CCOO os informa puntualmente sobre las pensiones del régimen de Clases Pasivas, así como el del Régimen General de Seguridad Social.

      Nuestro informativo, publicado el pasado 2 de enero, os da una información exacta y exhaustiva de cómo se encuentran las pensiones del régimen de clases pasivas.

      Publicados los haberes reguladores por Real Decreto 746/2016, el 31 de diciembre en BOE, se fijó un incremento del 0,25 por ciento de dichos haberes en 2017.

      Normalmente, es la Ley de Presupuestos Generales del Estado la que establece los Haberes Reguladores. Al no haberse publicado aún esta ley, los haberes reguladores y la pensión pública máxima se actualizaron mediante este RD 746/16. Ya os advertimos de este hecho en nuestro informativo, y seguimos a la espera de lo que pueda suceder con los PGE de 2017, en cuanto algún cambio en la cuantía de los haberes reguladores.

      De momento, este año, las pensiones máximas de los profesores de subgrupo A1 se incrementarán en 2017, en unos 5 euros mensuales y las de los maestros y restantes funcionarios de subgrupo A2 en 4,5 euros. Es el mismo incremento que tuvieron en 2015 y 2016.

      2.-Jubilación voluntaria.-

      Mientras no se modifique, seguirá vigente la posibilidad de jubilación voluntaria, al amparo de lo establecido en el artículo 28.2.b) del RDL 670/87, para aquellos funcionarios acogidos al Régimen de Clases Pasivos (tanto en activo como en excedencia) que tengan 60 años de edad y acrediten 30 años de servicios efectivos al Estado.


      El Real Decreto-Ley 5/2013, publicado en el BOE del 16 de marzo 2013, que modificó y recortó muy duramente las jubilaciones voluntarias y parciales del Régimen General de la Seguridad Social, no modificó ni los requisitos para acceder a esta modalidad de jubilación (ni de ninguna otra) ni las cuantías de las pensiones del Régimen de Clases Pasivas del Estado.
       
      No sabemos lo que hará el actual Gobierno sobre el futuro de esta modalidad de jubilación del Régimen de Clases Pasivas. Desconocemos si alguno de los partidos que actualmente conforman la oposición se ha manifestado al respecto. De la misma forma no conocemos que existan propuestas para discutir en el seno del Pacto de Toledo sobre esta modalidad de jubilación.

      Pero lo que podemos confirmar con total seguridad es que el "Acuerdo Social y Económico" firmado en 2011 entre CCOO, UGT, CEOE y el Gobierno, en ninguna de sus cláusulas recoge que << se "armonizará" la jubilación de los mutualistas de MUFACE con el resto, lo cual supone que se retrasará la edad y la cuantía de las pensiones para igualar pensiones de clases pasivas con pensiones del régimen general >> tal como está difundiendo un sindicato.
       

      Podéis comprobarlo leyendo el documento del Acuerdo Social y Económico de 2011, que en su página 35 recoge una única referencia al Régimen de Clases Pasivas:

      Parte 2ª
      IV. Compromiso bipartito entre el Gobierno y las Organizaciones Sindicales para el tratamiento de cuestiones relativas a la Función Pública.

      El Gobierno y las organizaciones sindicales adquieren el compromiso de abrir un proceso de diálogo en la Mesa de Diálogo Social de la Función Pública que abordará los siguientes aspectos:
      1. Régimen de Clases Pasivas.
      2. Desarrollo del Estatuto del Empleado Público.
      3. Evaluación de los acuerdos en su día alcanzados en el ámbito de la Función Pública
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      Dicho proceso de diálogo, desde 2011 hasta la fecha, no se ha producido.