Federación de Enseñanza de CCOO de Extremadura | 21 diciembre 2024.

EL PODER DE CAMBIR LA COSAS
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    REDUCCIÓN DEL HORARIO POR MOTIVO DE CELEBRACION DE FESTIVIDADES TRADICIONALES

      03/10/2024.
      REDUCCIÓN HORARIO

      REDUCCIÓN HORARIO

      Por resolución de la Dirección General de Función Pública, sobre reducción del horario de los centros o serviciosvinculados al ámbito de personal de la administración general de la Junta de Extremadura con motivo de lacelebración de festividades tradicionales, se autoriza a través de la Dirección General de Función Pública lareducción del horario de los centros o servicios vinculados al ámbito de personal de la administración general dela Junta de Extremadura ubicados en los municipios a continuación relacionados, durante los días de octubre de2024 que se indican:

      En la provincia de Badajoz:

      • Cabeza del Buey: 1 y 2.
      • Don Benito: 9, 10 y 11.
      • Pueblonuevo del Guadiana: 4.

      En la provincia de Cáceres:

      • Alcuéscar: 4 y 8.

      Con carácter general esta reducción del horario supondrá, únicamente para aquellos empleados públicosque presten servicios de forma efectiva durante los días en que dicha reducción se aplique, la disminución dela jornada semanal en 2 horas por cada uno de dichos días, teniendo en cuenta las siguientesparticularidades:a) El personal que tuviera autorizada flexibilización de jornada, compensará el tiempo de trabajo efectivo quepudiera restarle hasta el máximo previsto para cada jornada con horario reducido por celebración de festividadestradicionales, en la misma semana, en la semana siguiente o bien con los superávits habidos en la precedente.b) Los empleados públicos que presten servicios de forma efectiva durante los días de reducción autorizados enlos centros de trabajo o servicios que tengan implantado un régimen de funcionamiento de 24 horas, podránacumular, hasta formar jornadas completas, las fracciones correspondientes a la reducción del horario.c) Para el personal que desempeñe puestos de trabajo en régimen de jornada a tiempo parcial y para el quetenga autorizada la reducción de su jornada de trabajo por alguna de las causas previstas en el Decreto149/2013, de 6 de agosto, o en el V Convenio Colectivo, la disminución de la jornada semanal de 2 horas porcada uno de los días autorizados, será de aplicación en la misma proporción que la reducción de jornada querealizarán o que tuvieran autorizada.

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