Federación de Enseñanza de CCOO de Extremadura | 28 marzo 2024.

EL PODER DE CAMBIR LA COSAS
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    RESUMEN DE MESA EXTRAORDINARIA 21-09-22: OEP EXTRAORDINARIA DE ESTABILIZACIÓN

      23/09/2022.
      ESTABILIZACIÓN

      ESTABILIZACIÓN

      El día 21 de septiembre se ha celebrado una mesa sectorial donde la Consejería de Educación y Empleo ha trasladado la propuesta final de plazas, que modifica la publicada en mayo en DOE, desglose por especialidad y vía de acceso para la Oferta de Empleo Público a la que les obliga la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

      Cabe recordar que esta ley no se ajusta a lo acordado con las centrales sindicales con representación en la Mesa General de Función Pública, al introducirse una enmienda en su tramitación parlamentaria que no aparecía en el acuerdo plasmado en el Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, que introducía la estabilización mediante concurso de méritos.

      En una mesa técnica previa celebrada el lunes, la Consejería nos hizo una exposición de la situación, en la que afirmaba que el escenario había cambiado tras la celebración de las últimas oposiciones al Cuerpo de Maestros, al haber quedado todas las especialidades del mismo por debajo del 8% y que por lo tanto, no estaban obligados a ofertar dichas plazas. Por otro lado, tras contrastar con las ofertas publicadas por el resto de las comunidades, en Extremadura se había aplicado una interpretación mucho más restrictiva para la identificación de plazas definidas por las disposiciones sexta y octava de la Ley 20/2021 de 28 de diciembre, han decido recalcular las plazas.

      En la mesa no ha habido margen de negociación, puesto que las plazas salen del cálculo de las plazas que han estado ocupadas de manera temporal ininterrumpidamente en los centros, bien desde el 1 de enero de 2016 para el concurso de méritos o desde al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020.

       CCOO no ha tenido acceso a estos datos para poder contrastarlos ya que no se nos han facilitado en ningún momento, como pedíamos en el pasado mes de mayo.

      Ante la posibilidad puesta sobre la mesa de la Administración de no ofertar las plazas correspondientes al Cuerpo de Maestro, puesto que la interinidad ya estaba por debajo del 8%, o derivarlas a otros cuerpos, CCOO se ha negado rotundamente consiguiendo finalmente que se conserven las plazas de la propuesta que aparece en el DOE de 30 de mayo, ya que las plazas deben ofertarse si cumplen los requisitos de ocupación temporal, independientemente de la tasa actual de temporalidad. Finalmente hemos conseguido que se mantengan.

      Desde el sindicato ya denunciamos en la mesa de mayo, como se puede comprobar en nuestro Resumen y valoración de FECCOO de la Mesa Sectorial 03-05- 2022: Oferta de empleo público de los procesos de estabilización, que nos generaba muchas dudas la gran desproporción entre las plazas que van por la vía de concurso de méritos (aproximadamente el 93% del total) y la vía de concurso-oposición, a la diferencia de lo que se estaba publicando en la mayoría de las comunidades, y denunciamos la falta de transparencia en los datos de los que partía el cálculo, siendo uno de los motivos de la concentración frente a la Consejería el día 17 de mayo.

      Las diferentes convocatorias en las que se ofertarían estas plazas deben ser publicadas antes del 31 de diciembre de 2022, y ejecutadas antes de 31 de diciembre de 2024.

      Todas las plazas de reposición de este año (debidas a jubilaciones, fallecimientos,...) se publicarán en OEP ordinaria antes del 31 de diciembre de 2022, así como la de años sucesivos, pero la Administración no aclara cuando se convocarán, puesto que tendría 3 años de plazo para ejecutarla. En caso de convocarse plazas de reposición la convocatoria estará regulada por el RD 276/2007, de 23 de febrero.

      Hemos solicitado que se aclare cómo se va a hacer la calendarización de la ejecución de las diferentes convocatorias estabilización y reposición, para dar certidumbre las personas en el proceso, así como la máxima coordinación en el calendario de los procesos para evitar el efecto llamada de otras comunidades que perjudique a nuestro personal interino.

      La Consejería no ha tomado una decisión sobre este punto aún, lo decidirá una vez que se produzca la reunión para la coordinación prevista de los/las directores/as Generales de Personal Docente de todos los territorios, prevista para el próximo día 28 de septiembre.

      Queda por aclarar si se abrirán las listas ordinarias y supletorias en el concurso-oposición de estabilización a nuevos integrantes, ante la consulta de CCOO. Lo comunicarán cuando hayan consultado la viabilidad con el equipo jurídico.

      El concurso extraordinario de méritos ya está coordinado con el resto de CCAA. Salvo cambio de última hora, el plazo de participación será del 21 de noviembre al 21 de diciembre. Todo el proceso de estabilización, tanto concurso extraordinario de méritos, como concurso-oposición se realizarán de manera telemática incluido el pago de tasas y registro, siendo necesario el certificado digital. Nos solicitan que informemos que aquellas personas que aún no lo tengan lo soliciten cuanto antes, puesto que el trámite requiere de tiempo.

      CCOO ha solicitado, tanto a nivel autonómico como estatal, puesto que el concurso de traslados este año es de ámbito nacional, que todas las plazas que estaban siendo ocupadas de manera irregular y han aflorado en el proceso de estabilización, 1141 plazas en Extremadura, pasen a plantilla orgánica y se oferten en el concurso de este curso escolar.

      ¿Cómo serán los procesos de estabilización?

      En el RD 270/2022, se establecen dos vías de acceso para las plazas de estabilización:

      Concurso-oposición: Disposición transitoria cuarta. Irían por esta vía las plazas de naturaleza estructural que, estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020, y plazas de estabilización pendientes de ejecutar de los acuerdos de 2017 y 2018, que en Extremadura no existen.

      Concurso de méritos: Disposición transitoria quinta: Plazas de carácter estructural ocupadas de forma temporal con anterioridad a 1 de enero de 2016.

      ● Estabilización por el acceso de concurso-oposición: Concurso-oposición con pruebas no eliminatorias (Desarrollo de tema, y presentación de una unidad didáctica (en aquellas especialidades que incluyan contenidos de carácter aplicado, habilidades instrumentales o técnicas, esta segunda parte podrá incorporar un ejercicio de carácter práctico) y peso de oposición y concurso de 60%-40%. El baremo de la fase de concurso tendrá un máximo 10 puntos: Experiencia de 7 puntos, Formación académica 2 puntos y Otros méritos 1 punto.

      ● Concurso extraordinario de méritos. El baremo de este concurso establece un máximo de 15 puntos: 7 puntos para Experiencia, Formación académica 3 puntos y Otros méritos 5 puntos (se valorará con 2,5 puntos la superación de la fase de oposición en la misma especialidad del cuerpo a la que se opta, en un procedimiento selectivo de ingreso en cuerpos de la función pública docente, hasta un máximo de dos procedimientos. Dentro del apartado de otros méritos se valorará con un máximo de 2 puntos la formación permanente).

      Borrador Acuerdo Conferencia Educación Procedimiento DT 5ª 276 Borrador Baremo concurso excepcional.

      El concurso es abierto a todo el territorio nacional, sin ningún tipo de restricción (al menos de momento), es decir, se puede participar a cualquier comunidad autónoma siempre que se cumplan los requisitos de acceso (Titulación y formación pedagógica si se requiere para el Cuerpo al que se participa). Por su carácter extraordinario, sólo se puede convocar una vez.

      No es necesario pertenecer a ninguna lista de personal interino para participar por cualquiera de las vías de acceso establecidas para las distintas plazas. Si se cumplen los requisitos de acceso se puede participar.

      ● Debe reservarse el porcentaje que marca la legislación para el turno de discapacidad.

                                                             En la documentación asociada a la noticia puede consultar el número de plazas.